Corte Constitucional estableció que no todas las conversaciones por WhatsApp son privadas
El Alto Tribunal emitió un fallo sin procedentes en el país respecto al uso de WhatsApp en donde estableció que los mensajes de esta red social son de carácter semiprivado.
Un caso que sorprende
Todo ocurrió cuando un empleado de la compañía Nutresa fue suspendido de su puesto por cinco días porque incitó a sus compañeros con los que compartía en un grupo de WhatsApp, a no cumplir con su trabajo, el mensaje que fue enviado por audio llegó a manos de sus supervisores. Luego delo ocurrido, el trabajador presentó una tutela amparado en derechos como la libertad de conciencia, a la intimidad personal, entre otros, pero la Corte no le amparó dicho derecho.