viernes 19 de abril de 2024
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Las corridas de toros continuarán siendo legales en Colombia a pesar de la lucha de los animalistas

Los arraigos culturales predominan sobre el maltrato animal, así lo ratificó la Corte Constitucional al permitir este tipo de espectáculos donde se lastiman a estas especies.

El fallo se dio después de atender la petición de una serie de demandantes que argumentaban que la ley contra el maltrato animal obliga al Estado a velar por la protección del medio ambiente, del que hacen parte los animales, que son seres sintientes. (El difícil momento por el que pasaron Natalia Durán y sus hijas por protestar contra las corridas de toros)

¿A quién iba dirigida la demanda?

¿A quién iba dirigida la demanda?

Foto: Instagram @danilagetsson

Exactamente se impuso en contra de la Ley 1774 de 2016 que establece sanciones hasta de 36 meses de prisión por el maltrato animal, pero que al mismo tiempo exonera a quienes practican las corridas de toros, el coleo y las peleas de gallos por ser de tradición cultural. (Quieren prohibir en Colombia las pruebas cosméticas en animales)

¿En qué estaba basada la demanda?

¿En qué estaba basada la demanda?

Foto: Instagram @elrebelde.cl

La petición argumentaba que los toros y gallos “no tienen la capacidad de razonar, como lo hacemos los seres humanos, pero sí poseen la capacidad de sentir (dolor, sed, sufrimiento, angustia, cansancio, miedo; todos aquellos producidos por los tratos crueles y maltratos que les proporcionan seres humanos) y deben estar amparados por el ordenamiento jurídico y la Constitución”. Además agrega que: “son seres vivos que sienten el dolor propiciado en esas actividades, con la única finalidad de garantizar la diversión, a causa del dolor y sufrimiento, maltrato y tortura a que son sometidos”. (Yuki, el perro lobo de 1.65 metros que necesita de ayuda)

¿Cuáles son los argumentos de la Corte para no fallar a favor?

¿Cuáles son los argumentos de la Corte para no fallar a favor?

Foto: Instagram @el_castrol

En primer lugar se basaron en el argumento de la Procuraduría que afirma textualmente: “que el legislador cuenta con la facultad constitucional para determinar las conductas exceptuadas del tipo penal de maltrato animal, cuando se trata de actividades culturalmente arraigadas”; en consecuencia avaló la exoneración, por lo que quienes las practican no incurren en el delito de maltrato animal.

En los últimos cinco años se ha intentado siete veces que la Corte Constitucional prohíba los espectáculos donde cualquier animal sea víctima de maltrato, pero sin tener resultados positivos.

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Temas relacionados Colombia, Corridas, Corte, Gallos, Pelea, Prohibición, Toros, trafico
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