1. A partir del sábado 4 de febrero, entró en vigencia la Ley 1805 la cual establece que todo colombiano es potencial donante de órganos y tejidos, y que el Gobierno podrá disponer de estos al momento de la muerte de un ciudadano, con el fin de fortalecer los bancos de órganos en el país y poder salvar la vida de miles de personas.
2. La persona que no desee donar sus órganos tras su muerte, deberá dejarlo expresado mediante un documento autenticado en una notaría y luego ser registrado en el Instituto Nacional de Salud (INS).
3. Según la ley, deja claro que los tejidos y órganos conseguidos por dicho medio no podrán ser donados a ciudadanos extranjeros. Cifras del Ministerio de Salud, en el país hay 2.600 personas en espera de un trasplante; el 94 por ciento de los casos esperan un riñón.
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