1. El Ministerio de Transporte estableció que los vehículos automotores tipo: ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo de combustión interna o eléctrica, no podrán transitar por andenes, ciclovías, ciclorrutas o cualquier tipo de cicloinfraestructura destinada al tránsito de peatones o bicicletas.
2. Además, los nuevos vehículos automotores de combustión interna o eléctrica deberán ser registrados en el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), tener licencia de conducción y portar el seguro obligatorio SOAT y el certificado de Revisión Técnico Mecánica.
3. Para circular en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad, estos vehículos automotores deberán incluir espejos retrovisores, placa, luz blanca delantera y luz roja trasera.
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